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Aislamiento social: empresas otorgarán licencia con goce de haber a trabajadores

En caso no puedan realizar trabajo remoto

ANDINA/archivo

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11:04 | Lima, mar. 20.

El Poder Ejecutivo estableció que en el caso no se pueda aplicar el trabajo remoto durante el periodo de aislamiento social, los empleadores otorgarán una licencia con goce de haber a los trabajadores y servidores civiles.

Ello de acuerdo a lo que estipula el Decreto de Urgencia 029-2020 publicado hoy en el Diario El Peruano.

Según la normativa, en el sector público se aplica la compensación de horas posterior a la vigencia del Estado de Emergencia Nacional, salvo que el trabajador opte por otro mecanismo compensatorio.

En tanto, en el ámbito privado, se aplica lo que acuerden las partes. A falta de acuerdo, corresponde la compensación de horas posterior a la vigencia del Estado  de Emergencia Nacional.

De igual modo, autoriza a los empleadores del sector público y privado para que, durante el plazo de vigencia de la emergencia sanitaria, puedan modificar y establecer de manera escalonada los turnos y horarios de trabajo de sus trabajadores y servidores civiles.

Ello como medida preventiva frente al riesgo de propagación del COVID-19, sin menoscabo del derecho al descanso semanal obligatorio.

Indica además que durante la vigencia de la declaratoria de estado de emergencia nacional, los empleadores deben adoptar las medidas que resulten necesarias a fin de garantizar la adecuada prestación y acceso a los servicios y bienes esenciales.


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(FIN) RGP/JJN

Publicado: 20/3/2020