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Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a pintura “Santa Catalina de Alejandría”

Cortesía

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17:17 | Cusco, dic. 4.

El Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, del Ministerio de Cultura, declaró Patrimonio Cultural de la Nación a una pintura que representa a “Santa Catalina de Alejandría”, propiedad del Monasterio de Santa Catalina de Sena del Cusco, bien mueble de carácter histórico-artístico, religioso y tradicional.


La resolución N° 000189-VMPCIC/MC, lleva la firma de la viceministra Leslie Urteaga, y ahí se señala que la obra constituye un buen testimonio del estilo, las técnicas y los temas iconográficos desarrollados en los talleres artísticos de Cusco en la segunda mitad del siglo XVII.

La pintura también constituye una expresión de religiosidad monástica, tal como era entendida en el país durante el periodo virreinal, plasmada en la figura de virtud de una santa mártir de la cristiandad. Por ello, este bien cultural es visto integralmente como herencia de la religiosidad, del modo de entender el mundo y de las prácticas artísticas de la zona sur del país.

El referido bien constituye la representación pictórica de Santa Catalina de Alejandría coronada, mirando al espectador. Apoya la mano derecha sobre una espada clavada sobre la cabeza decapitada del emperador Majencio, mientras sostiene una palma de martirio con la mano izquierda, recogiendo parte de su manto. 

Viste túnica roja de escote redondo dorado, decorada con vuelo azul y dorado; mangas de color azul con puños de encaje y manto dorado de reverso blanco, brocateado de motivos florales. Una fracción de rueda dentada aparece en segundo plano, entre vegetación y aves. Cielo con nubes que se abren para dar paso a rayos de luz, que surgen en el ángulo superior izquierdo. Parte de un cortinaje rojo aparece recogido en el ángulo superior derecho.

El documento da cuenta que, observando la iconografía y los rasgos de antigüedad, la obra presenta las características propias del estilo barroco de finales del siglo XVII.

En la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y sus modificatorias, se define como bien integrante del Patrimonio Cultural de la Nación a toda manifestación del quehacer humano -material o inmaterial- que por su importancia, valor y significado paleontológico, arqueológico, arquitectónico, histórico, artístico, militar, social, antropológico, tradicional, religioso, etnológico, científico, tecnológico o intelectual, sea expresamente declarado como tal o sobre el que exista la presunción legal de serlo.

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(FIN) NDP/JAM

Publicado: 4/12/2020