Andina

Produce establece veda de pejerrey a partir de este domingo

Imarpe concluyó que recurso está en pleno proceso de desove

Pejerreyes

Pejerreyes

13:28 | Lima, set. 20.

El Ministerio de la Producción (Produce) anunció el establecimiento de una veda reproductiva del recurso hidrobiológico pejerrey (Odontesthes regia) en el litoral peruano para el 2019.

A través de la Resolución Ministerial 385-2019 de Produce, publicada hoy el diario El Peruano, se informó que a partir del domingo 22 de setiembre queda prohibida toda actividad extractiva que involucre a esta especie.

Así como su almacenamiento, comercialización y transporte, salvo que se cuente con documentación indubitable y de fecha cierta que demuestre que el referido recurso haya sido extraído antes de la fecha de prohibición.

Produce indicó que el Instituto del Mar del Perú (Imarpe) concluyó que el recurso se encuentra en pleno proceso desove y los índices de actividad reproductiva son superiores a los umbrales establecidos para las zonas norte - centro y sur del litoral.

Asimismo se espera que la actividad reproductiva decline a fines de octubre, por lo que el término de la presente veda reproductiva será dispuesto, previo informe del Imarpe, a través de la expedición de una resolución ministerial.

Sanciones y fiscalización


El incumplimiento de lo dispuesto en la presente normativa será sancionado, conforme a lo establecido en el Decreto Ley 25977, Ley General de Pesca, su reglamento aprobado por Decreto Supremo 012-2001-PE, el reglamento de Fiscalización y Sanción de las Actividades Pesqueras y Acuícolas, aprobado por Decreto Supremo 017-2017 de Produce, y demás disposiciones legales vigentes.

Las Direcciones Generales de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura, de Pesca Artesanal, de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura de Produce; así como las dependencias con competencia pesquera de los gobiernos regionales y la Dirección General de Capitanías y Guardacostas de la Marina de Guerra del Perú del Ministerio de Defensa, dentro del ámbito de sus respectivas competencias, realizarán las acciones de difusión que correspondan y velarán por el cumplimiento de lo dispuesto en la presente norma.


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(FIN) MMG


Publicado: 20/9/2019