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SBS: Alrededor de S/ 23,000 mllns. ya se entregaron por pandemia a afiliados de AFP

Los ahorros previsionales se están utilizando para fines distintos a una pensión, señala

Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS). Foto: ANDINA/archivo

Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS). Foto: ANDINA/archivo

19:41 | Lima, ago. 7.

Por Malena Miranda

Alrededor de 23,000 millones de soles fueron entregados, en el lapso de cuatro meses, a los afiliados del Sistema Privado de Pensiones (SPP) por diversas normas relacionadas a la pandemia del coronavirus, reveló hoy la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).

“Por la pandemia, en estos cuatro meses, ya se entregó como 23,000 millones de soles a los afiliados del SPP por los Decretos de Urgencia (DU) 034-2020 y 038-2020 y la Ley (31017) del retiro de hasta el 25% de los fondos de las AFP (Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones)”, enfatizó el superintendente adjunto de AFP de la SBS, Elío Sánchez.

El funcionario sostuvo que, pese al apoyo extraordinario por la pandemia, se sigue insistiendo sobre lo mismo, afectándose el futuro pensionario de los aportantes.

Ayer la Comisión de Defensa del Consumidor del Congreso de la República aprobó el dictamen que propone que los afiliados a las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AFP) que no registren aportaciones por más de 12 meses consecutivos, puedan retirar voluntariamente hasta el 100% del total de sus fondos acumulados en su Cuenta Individual de Capitalización (CIC).

Con esta propuesta congresal un millón 369,089 afiliados accederían al retiro de fondos previsionales, lo que podría significar un retiro adicional de 20,067 millones de soles aproximadamente del SPP, declaró el funcionario a la Agencia Andina. 

“El monto retirado en estos cuatro meses es casi similar a lo retirado (del SPP) en un lapso de cuatro años por la salida del 95.5% de los fondos de pensiones de unos 24,000 millones de soles”, comentó.

Consideró que, de esta manera, el sistema de ahorro jubilatorio se está empleando para asuntos distintos para los que fue creado, es decir, la entrega de una pensión.

“Nosotros no estamos de ninguna manera diciendo que no se ayude a las personas que tengan alguna necesidad, pero este no es el mecanismo o instrumento más adecuado, pues se está poniendo a la jubilación como un elemento de corto plazo y ello no es adecuado”, manifestó.

Por ejemplo, explicó, si un afiliado de 45 años retira la totalidad de su fondo de pensiones en estos momentos, dentro de 15 años alguien propondrá que se le ayude o brinde una pensión y ello implicará un costo fiscal, que podría financiarse vía más impuestos o del presupuesto de algunos sectores, entre otros.

Además el Perú tiene una de las coberturas más bajas de protección al adulto mayor con una pensión, aseveró. “Estamos por debajo del 20% y con esto (la propuesta del Congreso) estaríamos más abajo”, anotó el funcionario. 

Recuperación de fondos

En otro momento, Sánchez comentó que los valores cuota se han recuperado casi completamente, por lo menos de los Fondos 1 y 2, encontrándose ya al mismo nivel de diciembre del 2019, debido a que han mejorado los precios de los activos internacionales, debido a que los países han brindado incentivos monetarios y fiscales.

A ello se ha sumado que en el ámbito interno han operado los repos del Banco Central de Reserva (BCR) con las AFP para evitar que se vendiesen bonos y eso afectase la tasa de interés, y terminase perjudicando la valorización de los bonos de Gobierno, añadió.

¿Qué dice el dictamen de la Comisión del Consumidor?

El dictamen aprobado en la Comisión del Consumidor del Congreso propone que los afiliados al SPP que no registren aportaciones por más de 12 meses consecutivos, puedan retirar voluntariamente hasta el 100% del total de sus fondos acumulados en su Cuenta Individual de Capitalización.

Además, para los afiliados que han dejado de realizar aportaciones desde el inicio del estado de emergencia, se autoriza el retiro excepcional de hasta 1 UIT de manera complementaria a los dispuesto en la Ley 31017 y los DU 034-2020 y 038-2020.

Asimismo, propone que para los ex aportantes que no han realizado aportaciones por más de 12 meses y cuyo fondo acumulado en sus CIC, a la fecha de presentada la solicitud, es igual o menor a 10,000 soles podrán solicitar el retiro del 100% de su fondo. 


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(FIN) MMG/FPQ



Publicado: 7/8/2020