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SBS fija procesos mínimos para gestión de controversias en empresas

Que se encuentran bajo su supervisión

Gestión de controversias. Foto: ANDINA/difusión.

Gestión de controversias. Foto: ANDINA/difusión.

12:50 | Lima, ago. 24.

A fin de promover una adecuada gestión de las controversias que enfrentan las empresas supervisadas la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) aprobó una norma sobre procedimientos mínimos para la gestión, clasificación, reporte y constitución de provisiones por controversias, los cuales se formularon considerando la experiencia adquirida en las acciones de supervisión de los últimos años.

Entre las empresas supervisadas (que alcanza la norma) destacan las entidades del sistema financiero, compañías de seguros y administradoras de fondos de pensiones, entre otras, resaltó.

La medida se dispuso mediante Resolución SBS 02451-2021, publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano.

La controversia es definida en la norma como todo conflicto o discrepancia que enfrente la empresa supervisada, entre otros, con clientes, proveedores, trabajadores, miembros del directorio, autoridades o cualquier tercero, en sede judicial, administrativa, arbitral, o bajo cualquier otro mecanismo alternativo de solución de conflictos legalmente reconocido, cuyo resultado pueda generar una salida de recursos de la empresa, manifestó la SBS.

La normativa dispone que las empresas supervisadas deben contar con un manual de políticas y procedimientos para la gestión de controversias, que desarrolle disposiciones sobre la clasificación de las controversias, así como para la constitución de provisiones de acuerdo a los lineamientos contables, indicó.

Se establecen los lineamientos para clasificar las controversias sobre la base de la probabilidad de que se genere una salida de recursos para la empresa, mencionó.

Precisó que las controversias se clasifican en: probable (cuando existan hechos, elementos o un pronunciamiento de la autoridad que permita estimar que se generará una salida de recursos); remota (ante la existencia de hechos, elementos o pronunciamientos que permitan estimar que no se generará una salida de recursos); y posible (cuando no sea posible clasificar como probable o remota).

Las empresas supervisadas elaborarán reportes de controversias para tener un mejor control y seguimiento de estas, anotó.

La resolución entrará en vigencia en enero del 2022 y las empresas supervisadas deberán presentar un plan de adecuación a las disposiciones dentro de 60 días calendario contados desde hoy, puntualizó.


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(FIN) NDP/MMG
GRM

Publicado: 24/8/2021