Andina

Sepa en qué distritos del país habrá elecciones ediles complementarias

Proceso se llevará a cabo el 7 de julio 2019 en nueve departamentos

El domingo 7 de julio de este año se llevarán a cabo las Elecciones Municipales Complementarias de elegir alcaldes y regidores de 12 concejos municipales ubicados en nueve departamentos del país, de acuerdo con el Decreto Supremo 001-2019-PCM, publicado en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano. ANDINA/Vidal Tarqui

El domingo 7 de julio de este año se llevarán a cabo las Elecciones Municipales Complementarias de elegir alcaldes y regidores de 12 concejos municipales ubicados en nueve departamentos del país, de acuerdo con el Decreto Supremo 001-2019-PCM, publicado en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano. ANDINA/Vidal Tarqui

13:57 | Lima, ene. 3.

El domingo 7 de julio de este año se llevarán a cabo las Elecciones Municipales Complementarias de elegir alcaldes y regidores de 12 concejos municipales ubicados en nueve departamentos del país, según la convocatoria del Poder Ejecutivo atendiendo la solicitud del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE).

Las elecciones ediles complementarias se efectuarán en  los distritos de Guadalupito (provincia de Virú, La Libertad) y Mollepata (Santiago de Chuco, La Libertad); Mirgas (Antonio Raimondi, Áncash); Huasmín (Celendín, Cajamarca) y Condebamba (Cajabamba, Cajamarca). 


Asimismo, Chipao (provincia de Lucanas, Ayacucho), Huachos (Castrovirreyna, Huancavelica), Pampamarca (Yarowilca, Huánuco), Alto Inambari (Sandia, Puno), Aramango (Bagua, Amazonas), Lachaqui (Canta, Lima) y Sangallaya (Huarochirí, Lima).

El proceso se realizará en las circunscripciones donde se declaró la nulidad de los comicios del pasado 7 de octubre por causales previstas en la ley, precisa el Decreto Supremo 001-2019-PCM, publicado en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

La norma precisa que dicho proceso electoral se regirá bajo la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica de Elecciones y la Ley de Elecciones Municipales.

Añade que  en el marco de sus competencias y atribuciones, el JNE, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) expedirán los reglamentos y normas que resulten necesarias para la realización de los comicios. 

Respecto al financiamiento de estas Elecciones Municipales Complementarias 2019, indica que se regirá por lo establecido en el artículo 373 de la Ley Orgánica de Elecciones (Ley  26859), el cual precisa que el JNE debe presentar al Ejecutivo el presupuesto requerido por los organismos electorales dentro de los siete días naturales después de la convocatoria.

También lea:  


El decreto supremo refiere que, a través de la Resolución N° 3591-2018-JNE, se constata la declaración de nulidad de las elecciones municipales en los 12 distritos mencionados, y se declara que en esas jurisdicciones las autoridades elegidas para el periodo 2015-2018 continuarán en sus cargos hasta que asuman quienes serán elegidos el 7 de julio.

La convocatoria de elecciones lleva la firma del presidente de la República, Martín Vizcarra Cornejo; y del titular del Consejo de Ministros, César Villanueva Arévalo.

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(FIN) NDP/TMC

JRA


Publicado: 3/1/2019