Andina

Sunedu otorga licencia institucional a la Universidad Nacional de Tumbes

Está habilitada para ofrecer el servicio educativo superior universitario

Sunedu otorga licencia institucional a la Universidad Nacional de Tumbes. ANDINA/Difusión

Sunedu otorga licencia institucional a la Universidad Nacional de Tumbes. ANDINA/Difusión

10:00 | Lima, dic. 3.

La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) otorgó la licencia institucional a la Universidad Nacional de Tumbes para ofrecer el servicio educativo superior universitario en sus cuatro locales ubicados en la región Tumbes.

Así lo establece la Resolución del Consejo Directivo de Sunedu N° 155-2019-SUNEDU/CD publicada hoy en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano

La licencia otorgada por la Sunedu tiene una vigencia de seis años, computados a partir de la notificación de la presente resolución.


En la Resolución, la Sunedu reconoce a la Universidad Nacional de Tumbes 48 programas de estudios: 19 conducentes al grado de bachiller y título profesional, 12 conducentes al grado académico de maestro, seis conducentes al grado de doctor, y 11 conducentes a segunda especialidad.


También aceptó el desistimiento del local SL05 ubicado en Av. Tumbes N° 863, distrito, provincia y departamento de Tumbes, así como el desistimiento de la oferta académica de 25 programas de estudio de los cuales 9 han sido declarados con fines de registro de grado y título (siete de pregrado y dos de posgrado), por lo que serán comunicados a la dirección de Documentación e Información Universitaria y Registro de Grados y títulos (Digrat).

Además, reconoció el cambio de denominación de siete programas de estudio: tres programas de pregrado, dos de maestría y dos de programas de segunda especialidad.

La Sunedu requirió a la Universidad Nacional de Tumbes presentar a la Dirección de Licenciamiento, antes del inicio de los semestres académicos 2020-I, 2021I y 2022-I, la ejecución de las actividades, acciones y presupuesto del Plan de Gestión de la Calidad y de su Plan Estratégico Institucional, además de los resultados en la mejora de los procesos académicos y administrativos en cumplimiento de los objetivos estratégicos considerados en su propia planificación.

Asimismo, presentar a la Dirección de Licenciamiento, antes del inicio de los semestres académicos 2020-I, 2021I y 2022-I las evidencias de las acciones realizadas en los periodos académicos anteriores establecidas en sus respectivos Planes de Mantenimiento, indicando el detalle de las partidas (estructuras, acabados, instalaciones sanitarias, eléctricas, limpieza, entre otros) así como el presupuesto ejecutado para el cumplimiento del mismo.

En esa línea, deberá considerar en la elaboración de los siguientes Planes de Mantenimiento el crecimiento que se viene desenvolviendo dentro de la misma, en función a las edificaciones (preexistentes y nuevas).



Presentar a la Dirección de Licenciamiento, al inicio de los semestres académicos 2020-I y 2020-II los resultados de las acciones realizadas para que los docentes que se encuentran en plazo de adecuación según la Tercera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30220, cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 82 de la referida norma.

Presentar a la Dirección de Licenciamiento, antes del inicio de los semestres académicos 2020-I, 2021-I y 2022-I, el detalle de los procesos de evaluación docente para el nombramiento, ratificación, promoción, contratación docente.

Presentar a la Dirección de Licenciamiento, antes del inicio de los semestres académicos 2020-I, 2021I y 2022-I, los resultados de los concursos públicos de docentes ordinarios y contratados, conforme a su proyección docente, evidenciando la nueva conformación docente. En el caso de los docentes contratados, presentar evidencia de la contratación dando cumplimiento a lo establecido en el Decreto Supremo N° 418-2017-EF del 29 de diciembre de 2017 o norma que la modifique o sustituya.

Presentar a la Dirección de Licenciamiento, antes del inicio del semestre académico 2020-I, la implementación de la Incubadora de Empresas y los Centros e Institutos de Investigación en cumplimiento de la propia estructura organizacional del Vicerrectorado de Investigación.

Presentar ante la Dirección de Licenciamiento, al inicio de los períodos académicos 2020-II, 2021-I, 2021-II y 2022-I, las acciones realizadas y los resultados obtenidos para la incorporación de investigadores calificados, la organización de sus grupos de investigación, el monitoreo de la investigación por publicaciones, ponencias y tesis, movilidad docente, pasantías de investigación.

Presentar a la Dirección de Licenciamiento, al inicio de los períodos académicos 2020-II, 2021-I, 2021II y 2022-I, las acciones realizadas y los resultados obtenidos para el fortalecimiento de sus seis programas de doctorado, a través del incremento de docentes del Registro Nacional de Ciencia, Tecnología y de Innovación Tecnológica (Renacyt) vinculados a las áreas de los programas; y el desarrollo y financiamiento de grupos y proyectos de investigación con participación activa de sus estudiantes.

Presentar a la Dirección de Licenciamiento, antes del inicio de los semestres académicos 2020-I, 2021I y 2022-I, los resultados del plan de seguimiento del graduado y los mecanismos para la inserción laboral, reformulado a partir del diagnóstico de la situación laboral de los egresados; así como las acciones destinadas al fortalecimiento de la Unidad de Seguimiento del Graduado. Todo ello para evidenciar la incidencia positiva en que los egresados se empleen en las mejores condiciones posibles en el mercado laboral.

La Sunedu recomendó, además, a la Universidad Nacional de Tumbes coordinar con el Ministerio de Educación y el Ministerio de Economía y Finanzas la ampliación de plazas de nombramiento y promoción de docentes ordinarios, para la conformación del cuerpo docente de la institución.

También, realizar la revisión y aplicación de la “Guía práctica para la identificación, categorización, priorización y evaluación de líneas de Investigación” aprobada por Resolución de Presidencia N° 115-2019-CONCYTEC-P del 8 de julio de 2019 o norma que la modifique o sustituya, con el fin de que las líneas sean acordes no solo con los programas de pregrado sino de posgrado, la cantidad de docentes vinculados a la investigación, la disponibilidad de docentes del Registro Nacional de Ciencia y Tecnología (Renacyt), el presupuesto destinado a la investigación y la infraestructura (talleres y laboratorios) de la Universidad para realizar investigación.

Más en Andina:

(FIN) MAO

Publicado: 3/12/2019